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La Ley Federal del Trabajo en México establece un marco normativo para el ejercicio del derecho de huelga, delimitando los supuestos en los que esta figura puede ser considerada lícita o ilícita. A lo largo de la historia, las huelgas en México han sido objeto de diversas interpretaciones y han generado debates en torno a su impacto en la economía y en la sociedad.
¿Qué es una huelga laboral?
En términos simples, una huelga laboral es una suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por un grupo de trabajadores como forma de presión para lograr mejoras en sus condiciones de trabajo, salarios o en respuesta a alguna injusticia laboral. Es un derecho fundamental de los trabajadores, reconocido en la Constitución Mexicana y regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
¿Cuándo es lícita una huelga?
Nuestra Carta Magna, en el artículo 123 fracción XVIII indica que:
“Las huelgas serán lícitas cuando tengan por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos laborales del trabajo con los del capital. En los servicios públicos será obligatorio para los trabajadores dar aviso, con diez días de anticipación, a la Junta de Conciliación y Arbitraje, de la fecha señalada para la suspensión del trabajo.“
Entonces, la huelga es lícita cuando tenga por objeto conseguir el equilibrio entre los diversos factores de la producción, armonizando los derechos del trabajo con los del capital.
Esto quiere decir, que no se perjudique alguno de sus participantes, sino que busca una relación laboral justa para ambos, para mantenerlos en armonía. Este punto busca el bienestar para ambas partes: Patrón y trabajador. Cumpliendo este punto, la huelga se considera lícita ante la Ley.
¿Cuándo es ilícita una huelga?
En el mismo artículo 123 y misma fracción, indica cuando una huelga se considera ilícita. Este mismo texto se repite en el artículo 445 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
“Las huelgas serán consideradas como ilícitas únicamente cuando la mayoría de los huelguistas ejerciera actos violentos contra las personas o las propiedades, o en caso de guerra, cuando aquéllos pertenezcan a los establecimientos y servicios que dependan del Gobierno.”
Entonces, la huelga es ilícita cuando la mayoría de los huelguistas ejerciera actos violentos contra las personas o la propiedad.
El objetivo de este punto es lograr que los huelguistas exijan sus derechos de manera ordenada y en paz. De esta manera también se evita que grupos ajenos a los trabajadores irrumpa y haga destrozos en los establecimientos de trabajo, poniendo en peligro a los mismos trabajadores y afectando la propiedad.
En caso de guerra, cuando los trabajadores pertenezcan a establecimientos o servicios que dependan del Gobierno.
El objetivo de este punto evitar que se suspendan las actividades o servicios de empresas dependientes del gobierno, porque en caso de guerra, el Gobierno necesitará apoyo de los trabajadores. Por ejemplo: una fábrica de uniformes de militares necesitará que fabrique más uniformes para los demás soldados que necesite enviar el Gobierno a la guerra.
Solamente en estos dos casos, la huelga será ilícita, de acuerdo con la Ley.
En realidad, lo que busca la Ley es que las huelgas sean lícitas, brindando seguridad a los trabajadores y patrones, para que la huelga se lleve a cabo de manera firme pero pacífica, sin afectar el derecho de los trabajadores a exigir mejores condiciones de trabajo y salariales.
Que tiene que saber las empresas sobre las huelgas lícitas e ilícitas?
Existen diferentes consecuencias para las empresas según se trate de una huelga lícita o ilícita. Entre esas consecuencias se encuentran las siguientes:
Consecuencias para la empresa de una huelga lícita
Pérdida de producción: La empresa dejará de producir bienes o servicios durante el periodo de la huelga.
Incumplimiento de contratos: Podría haber incumplimiento de contratos con clientes o proveedores.
Daño a la imagen: La huelga puede afectar la imagen, reputación o employer branding de la empresa.
Consecuencias para la empresa de una huelga ilícita
Responsabilidad civil: La empresa puede demandar a los trabajadores y al sindicato por los daños y perjuicios causados.
Responsabilidad penal: En caso de actos violentos, los responsables pueden ser sujetos a procesos penales.
Posibilidad de solicitar la reinstalación de los trabajadores: Si se demuestra que la huelga fue ilícita, la empresa podría solicitar la reinstalación de los trabajadores.
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