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Comentábamos el artículo sobre Huelgas laborales, que si al momento de organizar la huelga, esta no cumple con los requerimientos de la Ley Federal del Trabajo (LFT), puede declararse como huelga inexistente.

¿Qué es una huelga inexistente?

Una huelga inexistente es aquélla que se lleva cabo sin cumplir con los requisitos, de manera parcial o total, que establece la Ley. Y la Ley, indica lo casos cuando una huelga es legalmente inexistente, y estos son cuando:

Y si detectamos que la huelga no cumple los requisitos para ser legalmente existente, ¿Qué podemos hacer? o ¿A dónde acudimos para dar aviso?

¿Cómo puede declararse una huelga legalmente inexistente?

Los trabajadores, patrones de la empresa en huelga, u otras personas interesadas, podrán solicitar a la Junta de Conciliación y Arbitraje, la declaración de inexistencia de la huelga por el incumplimiento de los requisitos que establece la Ley, mencionados en el punto anterior. Para ello, deben solicitarlo dentro de las 72 horas siguientes a la suspensión de trabajo por huelga, porque si no lo hacen, la huelga será considerada existente con todos sus efectos legales. Seguramente te preguntarás cómo realizar esa solicitud para declararla inexistente. La Ley marca un procedimiento que debe de seguirse para que tenga efectos esa solicitud.

¿Cuál es el procedimiento de declaración de inexistencia de huelga?

La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 930 regula el procedimiento de declaración de inexistencia de huelga de la siguiente manera:

huelga inexistente

Una vez declarada la huelga inexistente legalmente, ¿Qué es lo que sucede?

Si la Junta de Conciliación y Arbitraje declara la inexistencia legal del estado de huelga, ésta deberá realizar las siguientes acciones:

Los líderes o activistas sindicales conocen muy bien las leyes laborales y sus derechos. Pero los patrones también deben de estudiar las leyes y asociarse en sindicatos de patrones para proteger sus intereses. Pero sobre todo lo importante es cumplir con la Ley para evitar los posibles conflictos.

Preguntas frecuentes

¿Puede un becario participar en una huelga y qué derechos tiene durante este proceso? 

Los becarios tienen una situación especial ya que no son considerados trabajadores formales bajo la LFT, por lo que técnicamente no pueden participar en una huelga. Sin embargo, tienen derechos básicos protegidos por el derecho laboral . Durante una huelga, el programa de becarios generalmente se suspende temporalmente y se reanuda una vez que se resuelve el conflicto laboral.

¿Cómo se calcula la liquidación cuando una huelga es declarada inexistente y los trabajadores no regresan a laborar? 

Cuando una huelga es declarada inexistente y los trabajadores no regresan en el plazo de 24 horas, la liquidación se calcula considerando el salario base, la prima de antigüedad (12 días por año trabajado), partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional. No se incluye la indemnización de 3 meses ni los 20 días por año. Ya que, en este caso se considera una terminación voluntaria por parte del trabajador al no reincorporarse.

Visita nuestra tabla de vacaciones para conocer los días correspondientes para tu equipo de trabajo y la calculadora prima vacacional para calcular esta prestación.

¿Qué papel juega el departamento de recursos humanos durante una huelga y en el proceso de declaración de inexistencia?

El departamento de recursos humanos tiene un papel fundamental durante una huelga, siendo responsable de documentar la participación de los trabajadores, mantener comunicación con el sindicato, gestionar la relación con la Junta de Conciliación y Arbitraje, preparar la documentación necesaria para el proceso de declaración de inexistencia si aplica, y coordinar el regreso a labores una vez resuelta la situación.

¿Cómo se maneja el pago de vales de despensa y viáticos durante una huelga? 

Durante una huelga, la empresa suspende el pago de prestaciones como vales de despensa  y viáticos, ya que no hay prestación de servicios. Sin embargo, si la huelga es declarada inexistente y los trabajadores regresan en el plazo establecido, estos beneficios deben reactivarse inmediatamente. Es importante documentar esta suspensión temporal mediante el sistema de nómina para evitar conflictos posteriores.

¿Qué sucede con los créditos FONACOT y Mejoravit de los trabajadores durante una huelga? 

Los créditos de Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT) y Mejoravit no se suspenden automáticamente durante una huelga, pero los trabajadores pueden solicitar una prórroga o reestructuración de sus pagos. Es importante que el trabajador se acerque directamente a estas instituciones para notificar su situación y evitar afectaciones a su historial crediticio. Una vez resuelta la huelga, los descuentos se reanudan normalmente.

¿Cómo se maneja el registro en el REPSE cuando una empresa enfrenta una huelga?

El registro en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados (REPSE) no se ve afectado automáticamente por una huelga, pero la empresa debe reportar la situación para mantener actualizado su estatus. Si la huelga es declarada inexistente y se resuelve en los términos legales, no hay afectación en el registro. Sin embargo, si la huelga deriva en incumplimientos de las obligaciones laborales, esto podría afectar la permanencia en el REPSE.

¿Qué sucede con el cálculo del SDI (Salario Diario Integrado) después de una huelga inexistente?

El Salario Diario Integrado (SDI) no se ve afectado por una huelga declarada inexistente, siempre y cuando los trabajadores regresen en el plazo establecido de 24 horas. Los días de huelga no se consideran para el cálculo de prestaciones ni para el factor de integración. Manteniéndose el SDI en los mismos términos que estaba antes del movimiento.

¿Cómo afecta una huelga inexistente al registro de las semanas cotizadas ante el IMSS? 

Las semanas cotizadas durante el periodo de huelga se ven afectadas temporalmente, pero si la huelga es declarada inexistente y los trabajadores regresan en el plazo establecido, el patrón debe realizar las aclaraciones correspondientes ante el IMSS a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) o el IDSE para que estos días sean considerados como cotizados y no afecten la continuidad del registro del trabajador.

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